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Mostrando entradas de 2014

CURSO DE ESPECIALIZACIÓN EN EXTRANJERIA EN HUELVA

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Escribo esa entrada en el AVE de regreso de participar como formador en el curso de especialización en extranjeria organizado por Felipe Garoña para el colegio de abogados de Huelva. Debo destacar el excelente trato y lo bien que nos han cuidado a los formadores y agradecer honestamente que contarán conmigo. Puedo opinar con igual honestidad que hubo una alta calidad de las sesiones así como un notable número de alumnos interesados en lo tratado con constante participación. La presencia en Huelva ha servido para revitalizar la asociación de abogados extranjeristas que constituimos este año y de la que espero iros contando en sucesivas entradas conforme vaya dando pasos y realizando acciones. También para comentar someramente algún proyecto en común. Felipe es una mente inquieta y avanzada que siempre esta pensando en desarrollar ideas. Un lujo que las comparta. Mi sesión estuvo dedicada a la defensa en el procedimiento contencioso administrativo de la expulsión de extrajeros. Dedicare

FORMACION EN EXTRANJERIA

Este mes tengo que participar en actividades de formación relacionadas con el Derecho de Extranjería. En Zaragoza participaré junto con otras compañeras del Servicio de Asesoramiento y Orientación Jurídica para Inmigrantes en formación para funcionarios del Gobierno de Aragón, encargandome de explicar el sistema de autorizaciones de residencia y trabajo, régimen comunitario, etc. A la semana siguiente, tengo el honor de participar en la formación que van a recibir los abogados del Colegio de Abogados de Huelva para incorporarse al turno especial de extranjería, donde me encargaré de la parte de expulsiones en el procedimiento contencioso administrativo. Para el año que viene tengo previsto diseñar formación específica en la materia, no solo para profesionales. Si te interesa ponte en contacto

NULIDAD EXPULSION POR INADECUADO PROCEDIMIENTO PREFERENTE

Os comento la sentencia del Juzgado de lo Contencioso número TRES de Sevilla gracias al compañero Gonzalo Alvarez-Osorio Micheo, uno de los habituales de los encuentros de abogados de extranjería. En el expresado supuesto enjuiciado, una ciudadana boliviana ve como se le impone una sanción de expulsión en un procedimiento preferente. En el procedimiento judicial se alega la nulidad de la sanción por la inadecuación del citado procedimiento. El expresado procedimiento preferente se recoge en el artículo 63 de la ley orgánica de extranjería: 1. Incoado el expediente en el que pueda proponerse la expulsión por tratarse de uno de los supuestos contemplados en el artículo 53.1.d), 53.1.f), 54.1.a), 54.1.b), y 57.2, la tramitación del mismo tendrá carácter preferente. Igualmente, el procedimiento preferente será aplicable cuando, tratándose de las infracciones previstas en la letra a) del apartado 1 del artículo 53, se diera alguna de las siguientes circunstancias: a) riesgo de

LA CITA PARA EL EXPEDIENTE DE NACIONALIDAD EN ARAGÓN

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Ya son varios los años en los que la tramitación de los expedientes de nacionalidad se encuentra colapsada. No se trata sólo de la existencia de unos retrasos intolerables en la tramitación de los mismos, entre dos y tres años, si no de un auténtico cuello de botella para iniciar los mismos y conseguir cita para la presentación del expediente. En Zaragoza se pusieron esperanzas de arreglar esta situación cuando se instauró un sistema de presentación mediante cita previa conseguida a través de internet. En seguida se demostró que el colapso continuaba con el nuevo sistema. De este modo persistían los problemas para conseguir cita siendo muchos más los solicitantes que las citas disponibles. Esto arroja ya una primera dimensión del problema: la insuficiencia de medios para atender la demanda existente y muestra una segunda dimensión: la falta de interés de la administración por resolver el problema y por tanto el poco interés en atender a la necesidad de los solicitantes de nacionalidad.

EBOLA E INMIGRACIÓN

El virus ebola se asoma a nuestras noticias estos días. Afecta especialmente a la población africana y ha generado un temor a la expansión de una epidemia que pueda llegar hasta nuestras privilegiadas fronteras. Así no hay problema en repatriar a un misionero a pesar de los riesgos de contagio pero el miedo al mismo aparece con las últimas pateras llegadas a nuestras costas. Estos días he estado fuera de España pero abogados amigos me han tenido al tanto de la correlación entre ebola e inmigración o como en frontera ha influido la psicosis (o no) de una posible alarma epidemiologica en relación a inmigrantes de origen africano. Lo cierto es que la sensación al respecto es de absoluta improvisación y poca consideración hacia los profesionales intervinientes en esta situación. Así Felipe Garoña y David Querol, compañeros de la junta directiva de la asociación de abogados extranjeristas me comentan la situación en consulados españoles así como la inexistencia de controles sanitarios en fr

FAMILIAR DE RESIDENTE COMUNITARIO: RECURSOS ECONOMICOS

Traigo la sentencia de 9 de junio de 2014 del Tribunal Superior de Justicia de Asturias que puede consultarse aquí en la web de migrarconderechos.com que considero de bastante utilidad para estos supuestos dado que según la cual en aplicación del artículo 8 del Real Decreto 240/2007 al cónyuge de español o sujeto con análoga relación de afectividad no debe exigirsele acreditar recursos económicos: " parece obvio que si el ciudadano residente en España, con el que el actor trata de reunirse, ostenta la nacionalidad española, carece de sentido que aquél tenga que acreditar su solvencia económica. Por la misma razón esta exigencia cesa en relación a la persona, en este caso el actor, que, unido por vínculo de afectividad análogo al conyugal -familiar directo- (artículo 2.b del Reglamento) -circunstancia que en modo alguno se discute-, trata de reunirse y convivir con él en España, habiendo adjuntado además la documentación requerida por el apartado 3 del expresado artículo  8. 

CHARLAS INFORMATIVAS SOBRE DERECHOS, INTEGRACION Y NACIONALIDAD

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Desde hoy martes 17 hasta el jueves 19 impartiré junto con una compañera en la Casa de las Culturas diferentes charlas que consideramos de máximo interés para la población inmigrante. Hoy martes 17 la enfocaremos al conocimiento de determinados derechos afrontando situaciones que desde nuestra experiencia en asesorías comunitarias vemos como prevalentes. No solo concretas problemáticas en la adquisición, renovación de autorizaciones de residencia como pueden ser los contratos necesarios, las cotizaciones mínimas a la seguridad social o los periodos máximos de estancia fuera del país. También en el ámbito laboral en relación a contratos temporales, qué hacer cuando se afronta un despido o en el ámbito civil las ejecuciones hipotecarias. El miércoles 18 hablaremos del denominado "informe de esfuerzo de integración" explicando cual es la definición legal de integración, como se tramita y que posibles usos prácticos tiene. Por último el jueves 19 se explicarán cuesti

FINALIZADO ENCUENTRO DE ABOGADOS DE EXTRANJERIA EN BILBAO

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Lo que empieza acaba. Del jueves 12 al sábado 15 de junio de 2014 se ha celebrado el encuentro de abogados de extranjería en Bilbao a que hacia mención en esta otra entrada . Trasladaré en otras entradas posteriores de este blog cuestiones jurídicas que se han tratado y tampoco es este el momento para la crítica de algunas cuestiones del mismo. Se trata de un congreso del que honestamente me traigo pocas cosas nuevas en el ámbito del conocimiento jurídico pero como tantas otras veces un enorme valor humano y personal. El encuentro es mucho más que un programa. Es un encuentro de gente. Y esa gente hace que merezca  la pena cualquier esfiuerzo, grande o pequeño, que te suponga el acudir. Es gratificante comprobar como se consolidan grupos y relaciones personales, camaradería y compromiso. Es esencial el trato personal y el ver como el esfuerzo de unos cuantos en dinamizar una comunicación constante vía mail dirigida a compartir información y mantener líneas de co

APODERAMIENTO DE PROCURADOR DEL TURNO DE OFICIO

La cuestión que se plantea la Sentencia TSJ Granada de veintiséis de marzo de dos mil trece  es si un procurador designado por el turno de oficio, precisa de poder notarial o apud acta para desplegar su representación. El ámbito en el que se produce esta sentencia es contencioso, aunque puede extenderse a otro orden. En el caso planteado, el juzgado de instancia entiende la inexistencia de apoderamiento y por tanto de representación. La sentencia del TSJ parece diferenciar entre si estuvieramos ante representación a abogado o a procurador. Entiende que no es necesario el apoderamiento pues "según se desprende de lo previsto en la Ley 1/1996, de 10 de enero, de Asistencia Jurídica Gratuita, el Procurador puede personarse en juicio sin necesidad de poder notarial, ni comparecencia apud acta, cuando el mismo es designado de oficio." Continúa diciendo que "La razón de dicha distinción no es otra que la que se deriva de la imposibilidad de selección de profesiona

SESIÓN SEDMEX ZARAGOZA SOBRE RÉGIMEN DE COMUNITARIOS

Escribo esta entrada desde la propia sesión, en la que interviene D. Carlos Mora Almudi Subdirector General de Immigracion. Lo primero que debo trasladar es mi perplejidad con las cosas que ha expresado el subdirector por hablar de que es lo que se debería hacer por las oficinas de extranjeros. Cuestiones que no se dan en la práctica. Me refiero a como tratar el concepto de orden público o que cuando presentas una solicitud debe registrarse y si esta incompleta requerir para que se complete en plazo o dictarse resolución de inadmision para recurrirse. Por que entonces si el subdirector tiene tan claro lo que se debe hacer resulta que no se hace por la Administración? Al margen de esto poco se ha hablado sobre el régimen de libre circulación de trabajadores. Lo cierto es que si según las cifras aportadas en torno al 80% de los que son objeto de aplicación en España son familiares de españoles, realmente podemos estar hablando el nuestro país de un régimen jurídico para familiares de esp

ENCUENTRO DE ABOGADOS DE EXTRANJERIA 2014 EN BILBAO

Es mi intención acudir al encuentro de abogados de extranjería que este año 2014 se celebrará en Bilbao del 11 al 14 de junio. Aquí podeis consultar el programa del encuentro. En él se tratarán en las ponencias generales cuestiones relativas a la política migratoria de la Unión Europea, y luego en seminarios como otros años, aspectos relacionados con la nacionalidad, derecho penal, etc. Será el tercer año consecutivo que acudo. La experiencia de los últimos años ha sido muy positiva tanto por el aprendizaje como fundamentalmente por conocer abogados fantásticos con un espíritu similar al mío. Estoy deseando reencontrarme con muchos de ellos. Espero veros allí

¿PARA QUE UNA LEY DE EXTRANJERIA SI NO LA CUMPLIMOS?

Ya he escrito en este blog en varias ocasiones sobre el tema de las expulsiones ilegales por parte de la administración española en Ceuta y en Melilla, por ejemplo aquí , o de cómo en realidad en materia de extranjería no se cumple el Estado de Derecho y por tanto el principio de legalidad. Nuevamente tenemos un hecho que lo demuestra, bastante grave por cierto. En estos días pasados un grupo de inmigrantes accedió a las islas chafarinas, territorio español, algunos de ellos pudieran ser menores de edad y solicitaron asilo. A pesar de eso, el Estado Español de manera irregular procedió nuevamente a lo que denominan "expulsiones en caliente". Como digo el tema es bastante grave por los dos extremos apuntados, uno que pudieran ser menores de edad (se les práctico la prueba de medición de hueso pero esta prueba tiene un sensible margen de error) y sin lugar a dudas, solicitaron asilo. Aquí la noticia . La Administración siempre ha de cumplir la norma, no solo porque a

A VUELTAS CON LA NACIONALIDAD

Son numerosos los procedimientos de nacionalidad que se han tramitado en los últimos años, en los cuales muchos extranjeros están adquiriendo la nacionalidad española. La adquisición de la nacionalidad española supone la renuncia a la nacionalidad anterior, salvo los supuestos de doble nacionalidad. Aun así hay países que no aceptan esta perdida de nacionalidad y siguen considerando a dichos extranjeros como nacionales suyos. Y en relación a esto, pocas reflexiones he visto sobre la siguiente cuestión, ¿verdaderamente muchos de esos extranjeros se sienten españoles y dejan de sentirse nacionales de su país de origen? ¿A que obedecen tantos expedientes de nacionalidad en los últimos años? Naturalmente no niego que exista el libre ejercicio de un derecho legal, pero creo que tiene mucho que ver con tres factores fundamentales. El primero, la mayoría de los ciudadanos extranjeros precisan de una residencia de 10 años para poder solicitar la nacionalidad y es en estos momentos, de uno

LA EXPULSION DE RAFA ZOUHIER

Rafa Zouhier, condenado por los atentados del 11-M, ha sido expulsado tras cumplir la pena privativa de prisión a la que fue condenado . El régimen general de expulsión de extranjeros se contiene en la ley orgánica de derechos y libertades de los extranjeros en los artículos 57 y siguientes de la misma. No es el régimen que se le ha aplicado a Zouhier, dado que durante su estancia en prisión contrajo matrimonio con una española, razón por la cual obtuvo el estatus de residente comunitario como familiar de un nacional de la UE aplicandose por tanto el Decreto 240/07  siendo la diferencia esencial que conforme al artículo 15 del mismo concurran razones de orden público, de seguridad pública o de salud pública. Únicamente podrá adoptarse una decisión de expulsión respecto a ciudadanos de un Estado miembro de la Unión Europea o de otro Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, o a miembros de su familia, con independencia de su nacionalidad, que hayan adquirido

LAS CINCO ENTRADAS MAS VISTAS EN EL BLOG EN 2013

Estas fueron las cinco entradas más vistas en el blog en el año 2013 1. Como afecta una condena por juicio de faltas en un expediente de nacionalidad 2. Una entrada sobre los riesgos de las cartas de invitación 3. Una reflexion sobre como los honorarios en costas pueden influir en el ejercicio de derechos 4. Una entrada surgida del drama de Lampedusa y la decadencia de la UE 5. Una interesante sentencia del Tribunal Supremo abriendo posibilidades en relación al domicilio a efectos de notificaciones Las entradas son variadas recogiendo algunas de contenido estrictamente jurídico junto con otras de mera reflexión. No es una información relativa al 2013 pero quiero destacar que en este año 2014 se han multiplicado por 10 las visitas mensuales, lo cual es un motivo más para continuar con este blog, y a ser posible con mayor periodicidad. Gracias por leer este blog

¿DONDE ESTA EL ESTADO DE DERECHO?

El Estado de Derecho es el imperio de la ley, esto supone la aplicación del principio de legalidad y que los poderes públicos se somenten al mismo. Dicho de otro modo, las administraciones públicas deben adecuar su funcionamiento a las normas aplicables. Esto no sucede en la extranjería. Así, uno puede acceder a la información oficial sobre obtención de autorizaciones de residencia y trabajo que tenemos en la web del ministerio de empleo  donde tiene la información sobre los diferentes trámites y junto al modelo de autorización que corresponda le indicará los documentos que debe adjuntar para tramitar dicha solicitud. Sin embargo se encontrará con una práctica distinta en cada una de las oficinas de extranjeros a las que acuda. En algunos casos se tratará de diferencias sustentadas sobre dudosos criterios interpretativos, y así recientemente me ha ocurrido en la oficina de extranjeros de Zaragoza que para tramitar una residencia excepcional como madre de un menor de nacionalid

EXPULSIONES ILEGALES EN FRONTERA

El Ministerio del Interior ha reconocido la existencia de procedimientos ilegales de expulsión en la frontera de Melilla según denuncia Prodein, aunque parece que no va a hacer nada por corregir esta situación, según se deduce de la lectura de esta noticia . El mismo hecho se ha producido en el desgraciado suceso en el que varios, demasiados, inmigrantes fallecieron al intentar acceder a nado en Ceuta y los que llegaron a territorio español fueron objeto de lo que las autoridades gubernativas denominan expulsiones "en caliente". Lo cierto es que sobre esta cuestión ya hable en este blog en esta entrada al diferenciar entre los supuestos de expulsión y devolución. Lo que procede en estos casos es tramitar un expediente de devolución. Y precisamente eso, tramitar un expediente, no proceder a una "expulsión" del territorio sin trámite administrativo alguno, y ello precisamente porque los cuerpos y fuerzas de seguridad son los garantes del cumplimiento de la ley

CEUTA NUESTRA LAMPEDUSA

¿Es el número? ¿Es el lugar? Hoy ha muerto un número indeterminado (va subiendo) de inmigrantes en Ceuta al tratar de llegar a nuestro territorio (la noticia aquí ) y la reacción social ni es ni mucho menos como cuando ha habido una tragedia en Lampedusa (sobre ello escribí aquí ) No puedo dejar de preguntarme cual es la diferencia que motiva que se reaccione distinto. ¿es por que es más fácil empatizar si la frontera no es la de tu país? ¿acaso medimos el horror por el número de fallecidos? En realidad la diferencia es otra. Eres tú. Hipócrita.

OBLIGACION DE PODER NOTARIAL O APUD ACTA AL ABOGADO EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO

En el día de ayer tengo conocimiento a través de tuiter de esta situación . Según se deriva de la indicada noticia un acuerdo del TSJ de Valencia en aplicación de sentencia del Tribunal Supremo exige que el letrado designado por el turno de oficio para poder interponer el recurso contencioso administrativo ha de tener conferida expresa representación, bien mediante poder notarial o apud acta, sin que sea asimilado a ello la propia designación del turno de oficio. Y es que en los procedimientos judiciales o bien se exige que se intervenga con un representante, procurador, o bien la representación puede ser otorgada a letrado, o este puede intervenir sin ser representante. Pero en el caso de no existir representación, la parte habrá de firmar los escritos y comparecer a los actos que la ley procesal exija so pena de que se tengan por no realizados y al ciudadano por desistido de sus pretensiones. La cuestión es importante. He intentado encontrar la expresada sentencia, sin éxito, per

MORO, PALABRAS Y RACISMO

Tengo conocimiento hoy de que un abogado a pedido a la RAE que se recoja una acepción racista para la palabra "moro". Puedes leer la noticia aquí Voy a contar una cosa. En Aragón hay un buen número sitio que son de los "moros". Así se denomina a aquellos lugares que son considerados antiguos, de tiempo de "los moros". Así en las cercanías de Rodellar tenemos la "losa mora" y hay castillos y fortificaciones que son de "los moros". Una bella leyenda pirenaica se da en la Bal de Chistau, en Plan, en el ibon o basa de la mora. Me niego a aceptar que las palabras como tales, por sí mismas, sean consideradas racistas. Me niego a pensar que tales lugares, lleven per se, por tal denominación, una atribución racista. El racismo es un comportamiento y mentalidad humana, que asocia discriminación y desigualdad por origen étnico. Dicho de otro modo, para que una expresión o palabra sea racista ha de existir un elemento subjetivo, tal animo o in

LA RENOVACION DE LA RESIDENCIA SUSTENTADA SOBRE EL TRABAJO

En las charlas o conferencias que he dado sobre el sistema de extranjería siempre he incidido en una cuestión que considero clave para entender dicho sistema: el mismo tiene una base sustancialmente laboral. Independientemente de que haya autorizaciones de residencia que no lo estén, el régimen general se sustenta sobre el hecho de que el inmigrante va a desarrollar una actividad laboral. Esa es la inmigración que se quiere en nuestro país, la laboral, y en tal sentido se regula. Podremos compartir o no compartir este objetivo, nos gustará más o menos, será especialmente duro en estos momentos de crisis de sistema que dificultan enormemente el desarrollo de actividades laborales con un inaceptable numero de parados. Lo cierto es que lo relevante es que el inmigrante desempeñe una actividad laboral. Así la renovación de las autorizaciones de residencia (y su concesión) ha venido tradicionalmente vinculada a la realización de unos periodos mínimos de cotización (asimilados a la reali