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Mostrando las entradas etiquetadas como abogado extranjeria

FRAUDE EN CONTRATACION DE EXTRANJEROS. EFECTOS

Un factor esencial en la obtención y mantenimiento de muchas autorizaciones de residencia y trabajo es el aspecto laboral, es decir la existencia de un contrato de trabajo y unos periodos mínimos de cotización a la seguridad social como explicaba en esta entrada del blog hace ya tres años. Durante el ejercicio profesional he visto como para el ciudadano extranjero pone toda su atención en conseguir la autorización bien sea inicial o la renovación, enfocando su necesidad en la urgencia y sin ver consecuencias a medio y largo plazo de sus decisiones (sobre el papel del abogado en relación a esta cuestión escribí recientemente esta entrada en mi otro blog). Así se puede dar la picaresca que desaconsejaba hace también unos años en esta entrada  o se dan situaciones de fingimiento de relación laboral y altas en seguridad social que no obedecen a una realidad con el objetivo de cotizar el tiempo mínimo o tener un contrato para mantener las autorizaciones por no hablar de otros sup...

LAS ENTRADAS DE 2016 MAS VISITADAS

Como cada año, realizo un recopilatorio de las entradas escritas en el año 2016 y que han tenido más visitas. Este año he escrito menos entradas que el pasado contradiciendo las expectativas que en su momento anuncié. Si bien el número de visitas ha sido superior. La entrada más visitada fue el comentario a la sentencia del tribunal Constitucional 131/16 en materia de expulsión de residente de larga duración La segunda más visitada fue la entrada en la que difundí el comunicado de la asociación Extranjeristas sobre la posición de la UE ante el tema de los refugiados En tercer lugar una entrada sobre la regulación de la expulsión penal de extranjeros La cuarta más visitada una crónica del meeting realizado por la asociación Extranjeristas en Valencia Por último, la quinta tiene un empate con dos entradas: una sobre las dilaciones indebidas en procedimientos de extranjería ; y sobre el idioma como dificultad añadida para el trabajo con extranjeros. El blog espec...

DOMICILIO EN EXPEDIENTE SANCIONADOR DE EXPULSION

A vueltas con el domicilio en los expedientes sancionadores escribí esta otra entrada en el blog en la que explicaba las posibilidades que nos daba la sentencia de 3 de julio de 2013 del Tribunal Supremo al expresar que la notificación ha de realizarse en el domicilio designado expresamente a efectos de notificaciones . Comparto ahora lo que dice la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 30 de septiembre de 2015 que recoge lo expresado por la del Tribunal Supremo y declara la caducidad del expediente sancionador y por tanto de la sanción de expulsión por no haberse practicado las notificaciones en el domicilio designado con el siguiente supuesto de hecho: "Pues bien, del expediente administrativo resulta que, cuando el día 14 de agosto de 2011, se detuvo al recurrente y se inició el procedimiento sancionador, don Basilio señaló como domicilio propio una vivienda en el número NUM000 de la CALLE000 , de Madrid, siendo de significar que en su declaración o...