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Mostrando entradas de septiembre, 2018

PROCEDIMIENTO PARA LA EXPULSION DE CIUDADANOS DE LA UNION EUROPEA

Si preguntamos a cualquier abogado de extranjería cual es el procedimiento aplicable en el caso de expulsión de extranjeros ciudadanos de la Unión nos responderá mayoritariamente que el establecido en el Real Decreto 557/11 dado que en el Real Decreto 240/07 de libre circulación y residencia de ciudadanos de la Unión no aparece un procedimiento específico y el artículo único apartado dos en relación a la aprobación del Decreto establece la aplicación supletoria siempre y cuando sea norma más favorable con carácter supletorio a los ciudadanos de la Unión. ¿Cabe otro procedimiento? Podemos defender a efectos teóricos que sí, aunque habrá que examinar si el mismo es más favorable y por lo tanto si se impone a la previsión legal y reglamentaria anteriormente expresada. Como hemos dicho anteriormente el reglamento 240/07 no prevee un procedimiento específico pero sí que tiene algunos artículos que tratan la expulsión de ciudadanos de la unión y entre ellos el artículo 15.5. a) expres

EFECTO DIRECTO DE LAS DIRECTIVAS E INCIDENCIA EN EL CASO ZAIZUNE

Desde el caso Zaizune ( sentencia del TJUE de 23 de abril de 2015 ) que parecía dejar claro que en casos de estancia en situación irregular no cabe multa sino expulsión, han existido diferentes posiciones según el Tribunal Superior de Justicia en el que nos encontremos, todas ellas recopiladas desde el primer momento por el infatigable estudioso abogado Hipólito Granero y para aquellos sitios como Aragón donde la posición es fiel a la citada interpretación, en el último encuentro de la asociación de abogados extranjeristas , el no menos infatigable estudioso y también compañero José Luis Rodríguez Candela nos apuntaba la posibilidad de invocar la teoría de la no aplicación inversa de las directivas. En resumen, el efecto directo de las directivas es predicable por los ciudadanos cuando su aplicación les confiere derechos, pero no puede ser invocada por los Estados en contra de los ciudadanos cuando son los propios Estados quienes no han realizado correctamente la labor de transposició

TRES AÑOS DE LA MUERTE DE AYLAN

Se han cumplido tres años de la muerte del pequeño aylan que sensibilizó a los ciudadanos europeos sobre el drama de los refugiados sirios. El medirerráneo se cobra numerosas vidas de migrantes y refugiados, sin que se habiliten vías seguras para ellos para acceder a Europa. Poco ha cambiado esto en estos tres años. Hace tres años escribi esta entrada y al releerla veo que tampoco muchas otras cosas han cambiado. La sensibilización con los refugiados sirios ha generado que sean una de las nacionalidades que más resoluciones positivas ven en aplicación del derecho de asilo, sin embargo, hay personas de muchas otras nacionalidades que ven denegadas esta protección. En los últimos meses se están denegando sistemáticamente solicitudes de ucranianos que fueron admitidas a trámite. A su vez, observo personalmente el incremento de solicitudes en estos últimos meses de venezolanos y recientemente de nicaragüenses. España sigue fracasando en la gestión del derecho de asilo, por la n