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JORNADA SOBRE NACIONALIDAD EN LOGROÑO

El próximo día 25 hablaré en la jornada sobre Nacionalidad organizada por el Ilustre Colegio de Abogados de La Rioja. La jornada se divide en dos partes, una en la cual se explicará el nuevo (desde 2015) procedimiento de nacionalidad y por mi parte trataré de hablar de aspectos prácticos en relación a los recursos administrativos contra las denegaciones y judiciales. Debo agradecer la invitación y que pensara en mi a Silvia Landa Ocón miembro de la Junta del Colegio de Abogados. Espero no defraudar porque seguro que en la sala hay compañeros que saben más que yo, pero procuraré aportar alguna cosa. Siempre me da un enorme respecto hablar de derecho ante abogados. Máxime en estos momentos en que lidiar judicialmente con estos temas resulta difícil y en mi opinión más difícil se va a poner. Espero poder explicar esta cuestión y me gustaría que el debate me aclarara si estoy equivocado en ello. Las dificultades que encuentro en estos momentos de cara a la exposición es que hay un...

SENTENCIA TRIBUNAL SUPREMO REAGRUPACION DE FAMILIARES NO COMUNITARIOS DE ESPAÑOLES

La Sentencia de 3 de julio de 2018 resuelve el recurso con interés casacional objetivo consistente en: "Determinación de la aplicabilidad o no del artículo 7 del Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero , a la reagrupación de familiares no comunitarios de ciudadanos españoles" En síntesis, el Tribunal Supremo entiende que con la redacción del párrafo segundo del artículo 2 tal y como quedó tras la sentencia del Tribunal Supremo de 6 de junio de 2010 es claro que la normativa es aplicable a los españoles y sus familiares. Algo que no todos tenemos tan claro. La sentencia, sin un alarde de argumentación, indica que tras esta modificación del artículo y la anulación de la anterior adicional vigésima del Reglamento de Extranjería, el Real Decreto 240/07 (al margen de la Directiva que fue origen del mismo por su transposición, dado que no estamos ante supuestos de libre circulación) "es también aplicable a la reagrupación de familiares extranjeros (cualquiera que sea...

PROCEDIMIENTO PARA LA EXPULSION DE CIUDADANOS DE LA UNION EUROPEA

Si preguntamos a cualquier abogado de extranjería cual es el procedimiento aplicable en el caso de expulsión de extranjeros ciudadanos de la Unión nos responderá mayoritariamente que el establecido en el Real Decreto 557/11 dado que en el Real Decreto 240/07 de libre circulación y residencia de ciudadanos de la Unión no aparece un procedimiento específico y el artículo único apartado dos en relación a la aprobación del Decreto establece la aplicación supletoria siempre y cuando sea norma más favorable con carácter supletorio a los ciudadanos de la Unión. ¿Cabe otro procedimiento? Podemos defender a efectos teóricos que sí, aunque habrá que examinar si el mismo es más favorable y por lo tanto si se impone a la previsión legal y reglamentaria anteriormente expresada. Como hemos dicho anteriormente el reglamento 240/07 no prevee un procedimiento específico pero sí que tiene algunos artículos que tratan la expulsión de ciudadanos de la unión y entre ellos el artículo 15.5. a) expres...

EFECTO DIRECTO DE LAS DIRECTIVAS E INCIDENCIA EN EL CASO ZAIZUNE

Desde el caso Zaizune ( sentencia del TJUE de 23 de abril de 2015 ) que parecía dejar claro que en casos de estancia en situación irregular no cabe multa sino expulsión, han existido diferentes posiciones según el Tribunal Superior de Justicia en el que nos encontremos, todas ellas recopiladas desde el primer momento por el infatigable estudioso abogado Hipólito Granero y para aquellos sitios como Aragón donde la posición es fiel a la citada interpretación, en el último encuentro de la asociación de abogados extranjeristas , el no menos infatigable estudioso y también compañero José Luis Rodríguez Candela nos apuntaba la posibilidad de invocar la teoría de la no aplicación inversa de las directivas. En resumen, el efecto directo de las directivas es predicable por los ciudadanos cuando su aplicación les confiere derechos, pero no puede ser invocada por los Estados en contra de los ciudadanos cuando son los propios Estados quienes no han realizado correctamente la labor de transposició...

TRES AÑOS DE LA MUERTE DE AYLAN

Se han cumplido tres años de la muerte del pequeño aylan que sensibilizó a los ciudadanos europeos sobre el drama de los refugiados sirios. El medirerráneo se cobra numerosas vidas de migrantes y refugiados, sin que se habiliten vías seguras para ellos para acceder a Europa. Poco ha cambiado esto en estos tres años. Hace tres años escribi esta entrada y al releerla veo que tampoco muchas otras cosas han cambiado. La sensibilización con los refugiados sirios ha generado que sean una de las nacionalidades que más resoluciones positivas ven en aplicación del derecho de asilo, sin embargo, hay personas de muchas otras nacionalidades que ven denegadas esta protección. En los últimos meses se están denegando sistemáticamente solicitudes de ucranianos que fueron admitidas a trámite. A su vez, observo personalmente el incremento de solicitudes en estos últimos meses de venezolanos y recientemente de nicaragüenses. España sigue fracasando en la gestión del derecho de asilo, por la n...

SENTENCIA TRIBUNAL SUPREMO ANTECEDENTES EN LARGA DURACION

Se ha dictado reciente sentencia por el Tribunal Supremo (sentencia de 5 de julio de 2018) en relación a la controvertida cuestión sobre la denegación de residencia de larga duración por tener antecedentes penales, cuestión que ya he tratado en el blog con anterioridad como en esta entrada  o en esta otra entrada El resumen de la controversia (si te interesa ampliar la información entra en la prima entrada que cito del blog) es que de la normativa de aplicación LOEX y Reglamento de desarrollo parece deducirse la exigencia de carencia de antecedentes penales (digo parece pues la LOEX no lo exige y se remite al reglamento cuya redacción no es tan taxativa) mientras que la Directiva 2003/109/CE de aplicación utiliza una terminología distinta al decir que se podrá denegar el estatuto de residente de larga duración por motivos de orden público o de seguridad pública, cuestión también muy tratada en este blog donde se recogen reiteradas resoluciones del TJUE que indican que no se pu...

AQUARIUS O LA EVIDENCIA DE UNA POLITICA MIGRATORIA EQUIVOCADA

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El barco Aquarius de las ONGs SOS Mediterranée y Medicos Sin Fronteras ha recogido en aguas territoriales libias a 629 inmigrantes incluyendo unos 130 menores no acompañados . Italia que se encuentra en un momento de creciente rechazo a la inmigración ha negado acceso a sus puertos y el retorno a Libia no es pasaje seguro para los inmigrantes. Recordemos que Libia tras el derrocamiento de Gadaffi es un estado fallido donde se maltrata y esclaviza a los migrantes. Malta rechaza también que sean desembarcadas las personas en su territorio. En esta tesitura España ha manifestado su voluntad de acoger a sus integrantes aunque veremos si puede ser así pues el barco puede no estar en condiciones de realizar esta travesía. ¿Por qué Aquarius es un icono ahora cuando el Mediterraneo lleva años siendo un cementerio de naufragios de migrantes? Desde hace tiempo Ongs han intervenido asistiendo humanitariamente a personas en riesgo de naufragio por la precariedad de sus embarcaciones algo que ...