SAOJI QUIEN TE HA VISTO Y QUIEN TE VE

El SAOJI es el Servicio de Asesoramiento y Orientación Jurídica para Inmigrantes, pero es más que eso. El SAOJI surge cuando hace ya muchos años, yo ni siquiera estaba colegiado, un grupo de abogados de Zaragoza comprometidos con la situación de muchos inmigrantes deciden trabajar específicamente en favor de este colectivo. El SAOJI fue creciendo y evolucionando y puedo decir que salvo un año (que me di de baja por cabreo con mi Colegio de Abogados y su manera de aceptar cualquier condición que imponga la administración), pertenezco al mismo desde, creo, el año 2001. Es decir, casi 20 años. Puedo decir que si me mantengo en él y en el turno de oficio es por una vinculación emocional (y por lo visto en estos últimos tiempos estúpida) a la pertenencia al mismo y un recuerdo de lo que entiendo que son sus años de esplendor.

Recuerdo cuando el SAOJI era un grupo mayormente cohesionado, sus reuniones eran de asistencia masiva, existían iniciativas y trabajos colectivos de todos los compañeros, se compartía información, se trabajaba en obtenerla. Era un grupo nutrido, fuerte y de excelencia jurídica. Incluso una referencia en toda España. Sin embargo, por qué no decirlo, en mi opinión todo eso se ha deteriorado en los últimos años.

Para no repetirme les ruego que lean esta entrada que escribi en el 2013 porque así entenderán mejor la situación en la que estamos en estos momentos y el por qué de esa situación, y quienes son los evidentes responsables de la misma. En resumen, en dicha entrada indicaba la importancia:

- de no dar el poder a la Administración. El SAOJI es ese grupo de abogados y no un servicio administrativo.

- no depender de la imposición de las condiciones económicas por la administración, pues nos deteriora

- la necesidad de poner en valor la excelencia, calidad y profesionalidad de los integrantes del servicio

SITUACION ACTUAL

Acudamos al momento actual En estos momentos la relación del Consejo de Colegios de Abogados de Aragón con la administración es un convenio, que se puede consultar aquí, En una aplaudida ley 9/17 de Aragón por la que se regulan los servicios de asesoramiento y orientación jurídicos de Aragón se garantizaba que la gestión de estos servicios se hiciera por los Colegios de Abogados (si has leido la entrada que escribí en el 2013 verás que antes no era así y los problemas que ocasionó). Es justo decir que esta ley fue impulsada por el diputado Ledesma del partido popular y que debemos agradecer a una pluralidad de partidos políticos de diferente signo que estuvieran de acuerdo en el objeto del mismo y que tuvieran el talante de escuchar y promover la particpación de muchos colectivos en la misma. Es obligado recordar que hubo quien inmerecidamente se intentó poner la medalla de esa ley.

Garantizado que no ocurrían los problemas que venían sucediendo (y que he explicado en esa entrada) y se tenía la seguridad (y la obligación) de que estos servicios se prestarán por los Colegios de Abogados, venía la segunda parte de la ecuación y el problema actual. ¿En qué condiciones se presta?.

Como he dicho más arriba la fórmula actual es un convenio. No vamos a entrar en profundidad en la figura de un convenio administrativo, pero se trata de un acuerdo entre dos partes. Lo que me interesa destacar es que el Consejo de Colegios de Abogados de Aragón por tanto al firmar el convenio, ve bien las condiciones que voy a explicar sucintamente a continuación.

SITUACION PRACTICA DURANTE EL 2019

Durante el año 2019 el servicio en la práctica ha estado al borde del colapso. El funcionamiento son mediante consultores que pasan consulta presencialmente de 3 a 3,5 horas según los días durante tres tardes a la semana. Los casos que implican una tramitación de expediente, realización de alegaciones o recursos, etc, son derivados a los tramitadores que ya en su despacho atienden individualmente y continúan con los tramites, recursos, etc.

Las citas de atención en consultoría lo son cada 15 minutos. El tiempo de atención personalizada es escaso y debes actuar con gran diligencia y se resuelve porque los consultores son expertos que conocen la normativa al dedillo y pueden dar una respuesta rápida. Este año, la situación se ha visto agravada dado que por el incremento de solicitudes de asilo y otras cuestiones e incrementarse el número de usuarios, al dar las citas para dentro de un mes o mes y medio había que atender personas extras para que no se les pasaran plazos. En ocasiones, más de 10 personas extras. Así una tarde que de normal atenderías a 14 personas podias atender a 24. Los consultores, muchas tardes han hecho más horas de las obligadas.

Esto generaba situaciones de dilatadas esperas y en ocasiones nerviosismo entre los usuarios. Reducir el tiempo de atención y a la par alargar enormemente los tiempos de espera de los usuarios generaba el riesgo de una mala valoración del servicio. Los consultores manifestamos constantemente esta situación y la necesidad de adoptar medidas de correción. Nada se hizo.

No voy a hablar de las condiciones en que hemos prestado el servicio, pues ya corro el riesgo de que escribir esta entrada en el blog me pase factura (ya sabeis que hay a quien le gustan los cargos pero no las rsponsabilidades y la manera más sencilla es achantar las quejas).

Respecto a los tramitadores, el número de casos a atender ha crecido notablemente y las características de muchos de ellos, expedientes de asilo que acudían con una cita en los días inmediatos y a los que debían de acompañar, con toda seguridad más de un trastorno en su agenda y situaciones de estrés.

Esta situación se ha resuelto con el compromiso de los integrantes del SAOJI de no desatender y de priorizar las necesidades de los usuarios y que los mismos fueran atendidos y ninguno quedara indefenso. Este compromiso ni ha sido valorado, ni agradecido. Todo lo contrario. Ha sido despreciado.

CONDICIONES ABUSIVAS ACEPTADAS.

En el convenio se establece una obligación de justificación trimestral y parece derivarse del mismo que conforme a dicha justificación se pagará trimestralmente al Consejo de Colegios de Abogados. Lo cierto es que los integrantes del servicio no percibimos ese pago trimestral sino a año vencido. Este año hemos cobrando en marzo de 2020 conforme a actuaciones de 2019. El año pasado fue lo mismo. 

En el caso del último trimestre se efectúa una previsión de gasto conforme a los datos recogidos durante el año. El convenio prevé expresamente que si luego se ha trabajado más, no se paga al haberse cerrado el presupuesto

También se acuerda y se acepta que si se ha trabajado más que lo presupuestado, no se cobrará ese exceso de trabajo.

CONDICIONES ECONOMICAS CONFORME AL CONVENIO

¿Y que se paga? El SAOJI funciona con dos tipos de integrantes: consultores y tramitadores. Los consultores pasan consulta directa y los casos que procede tramitación los derivan a un tramitador. Estas tramitaciones pueden ser expedientes de arraigo, o de otro tipo, recursos administrativos, expedientes de nacionalidad, etc.. En el convenio, el Consejo de Colegios de Abogados de Aragón, acepta y ve correcto que la hora de consultoría se pague a 33,45 euros y cada tramitación 66,90 euros.

Para valorar correctamente estas cantidades como se merecen indicaremos en lo que respecta a la tramitación que esos expedientes pueden tener un precio de mercado de 300 a 500 euros netos, así que si establecemos como media 400 euros, el Consejo de Colegios de Abogados de Aragón etá viendo como correcto que se abone un 16,75% del precio de mercado (otro día hablamos del cinismo de cuando se pronuncian sobre campañas de publicidad de abogados low cost)

Hemos de tener en cuenta que cualquiera de esas tramitaciones exige la presencia personal y acompañamiento del abogado. Tiene que atender al usuario, estudiar el caso, recoger la documentación, pedir cita, acompañar en la cita, cumplir trámites posteriores en su caso y luego justificar su trabajo. Sobre la justificación entraremos más adelante.

LA TRAMPA DE LA JUSTIFICACION

Y por último llegamos al problema. Este año, existe una queja generalizada de los integrantes del servicio por no haber percibido el 100% del trabajo realizado. Podemos estar hablando de un perjuicio medio en cada uno de los integrantes del 50% de la ya exigua cantidad que percibirían. La respuesta que se va a dar (acepto apuestas) es que no hemos justificado correctamente y el Consejo de Colegio de Abogados de Aragón se va a poner de perfil al respecto abandonando una vez más a los intergrantes.. 

Partiendo de que seguro que las justificaciones no están correctas, a veces se nos puede pasar un plazo, justificar posteriormente o tener la imposbilidad de poder documentar toda actuación; lo cierto es que en mi opinión el sistema no es equilibrado y genera una desproporción y perjuicio siempre para la parte más débil, los integrantes del servicio. Y ello con la complacencia y complicidad de quien firma el acuerdo con unas condiciones que no deberían estar. 

Y recalco algunos aspectos:

- exigir una justificación trimestral hasta el punto que si te pasas un día no cobrar el trabajo realizado en ese trimestre cuando de contrario no se cumple con la obligación de pago trimestral, es abusivo, por falta de reciprocidad de las partes.

- alegar que no se han justificado las horas de consultoría cuando existe la obligación fijada en el convenio de realizar tres tardes a la semana (o como proceda en Huesca o Teruel) es abusivo, dado que ese servicio se ha prestado y la Administración sabe que se ha prestado. Y si la administración entiende que no hemos ido a trabajar esas tardes, que nos echen o nos expedienten por incumplir nuestras obligaciones. No lo harán porque saben que sí hemos ido a las consultorías, se haya justificado o no (lo que seguro que nos dicen que no saben, es que encima, hemos hecho mas horas de las que estamos obligados).

- Que existiendo expedientes de derivación no se pague nada a un tramitador cuando por la dinámica del servicio al menos se habrá entrevistado y analizado el caso y estamos hablando de que el pago total son 66,90 miserables euros, es abusivo.

- aceptar esas retribuciones miserables es denigrar la valía y profesionalidad de los integrantes del servicio

En defintiiva el sistema de justificación genera cargas y perjuicios para los integrantes del servicio y no deberían ser aceptados.

CONCLUSION

Insisto en que todo esto no estaría pasando si atendieramos a los elementos que ya indiqué en el 2013, que son, dar valor a los integrantes del servicio, reforzar el grupo y el equipo y mantener el poder en el eje del grupo y no en la administración, no aceptar condiciones ridículas, vergonzantes o perjudiciales.

Y si se ha producido el deterioro arriba indicado es porque el SAOJI como tal no importa en absoluto a quien se supone que le debería de importar.

Hasta arriba he dado datos objetivos, sí que puedo dar mi valoración subjetiva como consultor, tras haber atendido a más gente de la que se podía, haber propuesto que hicieramos tardes extras para poder desatascar y atender mejor a las citas y sentir que en los días previos al estado de alarma por el coronavirus cuando empezabamos a ser claramente conscientes de los riesgos de una atención personal y se vaciaban los supermercados, nadie se acordó de nosotros, ni les preocupó en lo más mínimo nuestra salud. Pero mejor me callo mi opinión ,no vaya a ser que me sancionen.

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