CORONAVIRUS: AFECTACION A TRAMITES DE EXTRANJERIA

Resumo la información que manejo hasta este momento de la afectación del Estado de Alarma a los procedimientos de extranjería. La iré actualizando conforme tenga conocimiento de su variación y puede variar en determinadas oficinas o unidades de extranjería, por lo que aconsejo contrastar en los casos concretos

(Nota.- Editado con la información de la comunicación de la Dirección General de Migraciones)

PRESENTACION DE SOLICITUDES Y TRAMITES PRESENCIALES

Por evidentes motivos de salud pública se ha eliminado o reducido drásticamente la atención al público en Oficinas de Extranjeros, registro civil, policía, etc.. El desplazamiento a dependencias administrativas tampoco está entre los autorizados por el Real Decreto 463/20 que regula el estado de alarma. Esto supone la imposibilidad de presentar las solicitudes iniciales y otros trámites presenciales. Por tanto las citas, se suspenderán.

Editado: Se ha habilitado la posibilidad de presentación telemática por la red mercurio los trámites habilitados y pro registro general electrónico los no habilitados en mercurio. Se pueden presentar también los de estudiantes.

SUSPENSION DE PLAZOS

Independientemente de lo anterior se suspenden todos los plazos administrativos, así como otros plazos como los de caducidad, lo cual afecta a los procedimientos y en mi opinión al denominado silencio administrativo al entenderse suspendidos los plazos de resolución de los expedientes.

Editado: conforme a la citada comunicación:

- se van a resolver los expedientes presentados con anterioridad al inicio de la crisis COVID-19 y que tuvieran propuesta favorable de resolución

- se van a emitir certificados de silencio positivo en los expedientes de la ley 14/13 presentados con anterioridad y que hubieran transcurrido el plazo máximo de resolución con efectos de silencio positivo también con anterioridad a inicio de la citada crisis

- se va a avanzar en el resto de expedientes. Si es necesario requerir de documentación se requerirá pero el plazo quedará suspendido, aunque se podrá aportar la documentacón requerida y resolverse favorablemente

- los que tengan propuesta de denegación, se paralizarán pero el plazo para recurrir quedará suspendido. 

EXPEDIENTES QUE NO REQUIEREN DE TRAMITE PRESENCIAL

Se realizarán telemáticamente como hasta ahora

ENTREVISTAS Y CITAS EN EXPEDIENTES DE ASILO

Por las razones antes expuestas, se suspenden y se asignará nueva cita

En relación a la presentación de solicitudes podemos entender la imposibilidad de hacerlo, dado que se han suspendido las citas y trámites presenciales, pero las propias características de estos expedientes hacen que en mi opinión deban considerarse como urgentes y no deberian estar impedidos de su presentación. Esperemos que se dicten instrucciones al respecto para no lesionar el ejercicio de este derecho.

HUELLAS Y RENOVACION DE DOCUMENTOS

También se suspenden. 

EXPEDIENTES DE NACIONALIDAD

Se han suspendido los exámenes del Instituto Cervantes, por las mismas razones de imposiblidad de desplazamientos y de garantizar la salud.

Se han suspendido las juras y trámites ante el Registro Civil.

Se pueden seguir presentando expedientes de nacionalidad pues su presentación es telemática.

SUSPENSION DE PLAZOS

Como he indicado más arriba la Disposición Adicional Tercera indica la suspensión de los plazos administrativos, los cuales se reanudarán en el momento en que se alce esta situación. Es decir, que si teniamos un plazo de 10 días y habíamos consumido 4 y nos quedaban 6, nos seguirán quedando 6.. El texto legal nos indica:

"1. Se suspenden términos y se interrumpen los plazos para la tramitación de los procedimientos de las entidades del sector público. El cómputo de los plazos se reanudará en el momento en que pierda vigencia el presente real decreto o, en su caso, las prórrogas del mismo."

VIGENCIA DE DOCUMENTOS

Los documentos a presentar, sobre todo los obtenidos en países extranjeros tienen unos periodos de validez que pueden verse afectados. Editado: Aquellos documentos que pierdan su vigencia durante la crisis del COVID-19 seguirán siendo válidos

Si el plazo de validez o vigencia está definido en una norma, se ha de entender suspendido y aplicar los criterios anteriormente mencionados.

CONSEJOS PARA TU CASO
.
Que se de esta situación no quiere decir que tu expediente se paralice, así que te aconsejo:

1. contacta con un abogado. Va a tener información actualizada y puede planificar correctamente los pasos a dar para aprovechar estos momentos.

2. En los procedimientos habilitados para su presentación telemática es más importante que nunca la presentación correcta y adecuada de los mismos.

3. Expedientes de nacionalidad. Si bien suelo aconsejar el hacer los exámenes antes de la presentación de la solicitud, puede ser conveniente revisar el caso individual y presentar la solicitud para acompañar documentos que ya se tengan.

CONTACTO

Si deseas contratar mis servicios mandame un email a alfredoherranzasin@gmail.com o visita este enlace donde hay otras maneras de contacto

Comentarios

  1. Holaaa tenía cita en extranjería presencial para el NIE para el día 25 de marzo... Quedará suspendida y la aplazaran o q harán con esas citas???

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    1. Depende de la provincia, en alguna oficina se puede presentar telemáticamente

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  2. Holaaa tenía cita en extranjería presencial para el NIE para el día 25 de marzo... Quedará suspendida y la aplazaran o q harán con esas citas???

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  3. En lo que se refiere al retiro de la Tarjeta de Identificación (TIE) que información tienes??

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