SENTENCIA TJUE SOBRE EXPULSION DE RESIDENTE DE LARGA DURACION POR COMISION DE DELITO

La sentencia del TJUE de 7 de diciembre de 2017 (facilitada por los compañeros de la asociación de abogados extranjeristas) y en la que ha intervenido uno de los abogados de la asociación analiza el caso de la expulsión de residentes de larga duración condenados a penas de prisión superior a un año.

El juzgado que plantea la cuestión prejudicial atiende a la discrepancia jurisprudencial existente en nuestro país en relación a decisiones de expulsión consideradas como sanción (57.1 LOEX) frente a los supuestos de aplicación de decisión de expulsión por comision de delito y pena superior a 1 año (57.2) que no tienen caracter sancionador. Y que la previsión del artículo 57.5 de análisis de las circunstancias personales sólo se aplicaba en el primero de ellos, no en el segundo. La cuestión prejudicial incide en si esta práctica es contraria al derecho de la Unión Europea.

La sentencia como no puede ser de otro modo, recuerda que el legislador de la Unión estableció que los residentes de larga duración tienen una protección reforzada ante la expulsión que solo podrá ser tomada cuando éste represente una amenaza real y suficientemente grave para el orden público o la seguridad pública, y en este sentido "el Tribunal de Justicia ya subrayó en su sentencia de 8 de diciembre de 2011, Ziebell (C‑371/08, EU:C:2011:809), apartados 82 y 83, que tal medida no puede adoptarse de un modo automático a raíz de una condena penal, sino que requiere una valoración caso por caso que debe recaer, en particular, sobre los aspectos mencionados en el apartado 3 de dicho artículo.

Por consiguiente, no puede adoptarse una decisión de expulsión contra un nacional de un tercer Estado, residente de larga duración, por la mera razón de que haya sido condenado a una pena privativa de libertad superior a un año

Otras entradas de este blog sobre la cuestión: 

- esta entrada de 2013 donde ya incidía en el blog sobre este problema

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