IRREGULARIDAD SOBREVENIDA

La irregularidad sobrevenida quizás sea una de las situaciones peor resueltas por la legislación de extranjeria de nuestro país. Asociamos la situación de irregularidad a la entrada irregular en el país, pero lo cierto es que existen muchos extranjeros en situación irregular que han tenido permiso de residencia y trabajo y lo han perdido. 

El hecho de que para poder renovar las autorizaciones se exija el cumplimiento de unos exigentes requisitos muchos de ellos vinculados a la actividad laboral hace que sea fácil caer en la citada irregularidad sobrevenida con el añadido de ciertas incoherencias en nuestra normativa como el hecho de que los antecedentes penales sean valorados y por tanto se pueda renovar con ellos las autorizaciones temporales pero impidan el acceso a la larga duración.

Así como abogado a veces me encuentro con ciudadanos con una dilatada trayectoria de residencia legal en nuestro país de varios años que de repente caen en la irregularidad sobrevenida. La única solución directa a esta situación se revela en estos momentos como ineficiente pues es la obtención de un permiso de residencia de circunstancias excepcionales (y nuevamente empezar a escalar autorizaciones) exige que se cuente con un contrato de trabajo de un año. Pero si precisamente se ha caído en la irregularidad por no cotizar el tiempo suficiente podemos aventurar la complejidad y dificultad de obtener este contrato.

Esta exigencia además lo que hace es fomentar mafias que se aprovechan de esta situación vendiendo por precios exhorbitados estos contratos que en la mayoría de las ocasiones son detectados y no consiguen su fraudulento objetivo.

En ocasiones ni siquiera tienen esta opción pues si han salido del país en los años anteriores no cumplirán el requisito de los tres años de permanencia continuada en España.

El gobierno pasa de espaldas por esta situación sin dar una solución a ciudadanos que están plenamente integrados, llevan años trabajando y cotizando y que no pueden ser dejados en este limbo.

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