SESIÓN SOBRE AUTORIZACIONES DE RESIDENCIA Y TRABAJO

Comparto reflexiones aportadas en la sesión organizada por la sección de extranjería del colegio de abogados de Zaragoza e intermigra con Carlos Mora Subdirector General de Inmigración celebrada el pasado 10 de abril.

LEY DE EMPRENDEDORES

Comienza emplazando a utilizar las vías habilitadas por la ley de emprendedores en sus artículos 61 y siguientes

Artículo 61. Entrada y permanencia en España por razones de interés económico. 

1. Los extranjeros que se propongan entrar o residir, o que ya residan, en España verán facilitada su entrada y permanencia en territorio español por razones de interés económico de acuerdo con lo establecido en esta Sección, en aquellos supuestos en los que acrediten ser: 
a) Inversores. 
b) Emprendedores. 
c) Profesionales altamente cualificados. 
d) Investigadores. 
e) Trabajadores que efectúen movimientos intraempresariales dentro de la misma empresa o grupo de empresas. 

2. Lo dispuesto en esta sección no será de aplicación a los ciudadanos de la Unión Europea y a aquellos extranjeros a los que les sea de aplicación el derecho de la Unión Europea por ser beneficiarios de los derechos de libre circulación y residencia.

Respecto al permiso para inversores considera erróneo y a corregir que se exija previo visado pues dificulta la tramitación. El resto de las figuras pueden obtenerse desde la situación de estancia en nuestro país sin necesidad de solicitar visado.

Anima a la utilización de la web específica http://extranjeros.empleo.gob.es/es/index.html 

Todas las autorizaciones permiten trabajar salvo la de inversor. El plazo de duración de la vigencia sería de dos años salvo que la contratación habilitante tenga una duración inferior pues en este caso, la administración dará una vigencia acomodada a la duración del contrato.

Nos recuerda tener en cuenta la Disposición adicional sexta que posibilita computar trabajos realizados en el extranjero en el caso de empresas que tengan fijada su base de operaciones en España.

Explica en relación a la situación de trabajadores altamente cualificados que la indefinición de la misma es deliberada pues no se define para permitir flexibilidad en su aplicación.

Anima a la presentación por medios telemáticos así como para el tema de notificaciones. Llevan intención de potenciar la utilización de la administración electrónica

RENOVACIONES

Antecedentes penales. Si no se ha podido cumplir la pena por causas imputables a la administración se concederá 

Residencia larga duración. Renovación extraordinaria, no existe la imposibilidad legal para ello, utilizada para este supuesto o haber superado plazos de ausencia de España. Apunta que la exigibilidad de carencia de antecedentes en este supuesto va en correlación con el mayor ejercicio de derechos que da este estatus.

Los diferentes supuestos de renovación son para intentar que no haya irregularidad sobrevenida. Intentemos jugar con los plazos para poder cumplir los requisitos.



INFORME ESFUERZO INTEGRACIÓN

Intenta suplir ausencia de requisitos, es decir el incumplimiento de alguno de ellos pudiendo considerarse cumplido el que falte si hay informe de esfuerzo de integración.

DATOS DE INTERES

Manifiesta que en los últimos tres años el porcentaje de denegaciones es del 10 al 14 en cómputo estatal, en Aragon del 6 al 12 y en Zaragoza del 5 al 13. En el supuesto de larga duración en eL ámbito estatal del 10 al 12, en Aragón del 8 a 12 y en Zaragoza del 8 a 10

RESIDENCIA PERMANENTE CIUDADANOS DE LA UNIÓN Y FAMILIARES

La normativa exige residencia legal conforme art. 10 del decreto 240/07 La sentencia 21-12-11 sentencia TJUE así lo ratifica. Si no se cumple el plazo de residencia legal no podrá concederse.

Aplicación a familiares españoles: es aplicable a familiares de españoles.

RECUPERACIÓN RESIDENCIA LARGA DURACIÓN

Existen dos situaciones, o bien el extranjero está fuera de España o dentro de España. Si se da la recuperación fuera de España a través de la oficina consultar. Si está dentro de España tienes que estar en situación regular.

JUSTIFICACIÓN DE INGRESOS

Subsidio por desempleo para la reagrupación familiar. Para la inicial no se pueden computar ingresos del sistema de asistencia social. Podría establecerse la línea divisoria entre prestaciones contributivas y no contributivas.


Este es el resumen de las ideas expresadas. Se tocaron muchos temas para la duración de la sesión y he intentado recoger la práctica totalidad de las mismas o cuando menos las más importantes, para la utilidad del lector.

Comentarios

Entradas populares de este blog

APORTACION DE DOCUMENTOS EN LA VISTA DE PROCEDIMIENTO ABREVIADO

NO EXPULSION POR INTERES DEL MENOR Y LA VIDA EN FAMILIA

OBLIGACION DE PODER NOTARIAL O APUD ACTA AL ABOGADO EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO