LA (NO) REGULARIZACION EN EL AMBITO AGRARIO

Hace unas semanas explicaba en esta entrada del blog las razones para una regularización de inmigrantes. Sin embargo, la información recibida a pesar de los cambios orgánicos en Migraciones es que no se va a hacer una regularización. Sin embargo, hoy en el BOE nos encontramos con una (no) regularización muy especial en el Real Decreto Ley 19/20 en su disposición adicional segunda. No podemos decir que sea una regularización pues no afecta a la generalidad de los extranjeros, solo a unos supuestos muy particulares que son los siguientes: QUIENES SE VAN A VER BENEFICIADOS los jóvenes, nacionales de terceros países, que se encuentren en situación regular de entre los 18 y los 21 años que hayan sido empleados en el sector agrario con base en el Real Decreto-ley 13/2020, de 7 de abril, por el que se adoptan determinadas medidas urgentes en materia de empleo agrario, cuando finalice su vigencia. QUE SE VA A CONCEDER Tras la finalización de la vigencia del Real Decreto-ley 13/2020, de 7 de a...