LA EXTINCION DE PRESTACIONES DE DESEMPLEO POR TRASLADO AL EXTRANJERO
Un problema recurrente detectado que afecta a extranjeros con prestaciones de desempleo es que los mismos se trasladan fuera de España durante un periodo superior a 15 días y ven como se les extingue la prestación y posteriormente se ven obligados a devolver los importes como indebidamente percibidos. La administración se acoge a lo establecido en el artículo 213.1.g del Texto refundido de la ley general de la Seguridad Social por el cual se extinguiría por traslado de residencia al extranjero salvo en los casos en que reglamentariamente se determinen. Defender este tipo de supuestos suele ser complicado. Hay que interponer una reclamación previa contra la resolución administrativa y posteriormente acudir a los juzgados de lo Social que invariablemente tienden a dictar sentencias por las cuales se desestima la demanda. Sin embargo hay supuestos en los cuales el extranjero consigue ganar, cuando se acredita una razón de urgencia, necesidad o extraordinaria que ha motivado ...