RESIDENCIA HUMANITARIA PARA VENEZOLANOS
Comparto la información sobre la reciente (4 de marzo de 2019) propuesta de concesión de autorización temporal de residencia por circunstancias humanitarias para venezolanos.
Sobre la situación que se estaba dando en las petición de asilo por venezolanos, nicaraguenses y otras nacionalidades en la actualidad, participé en este artículo de El Periódico de Aragón donde se indicaba la necesidad de encontrar una solución a la situación de muchos de estos solicitantes que iban a tener dificultad en verse encajados en la protección internacional del solicitante de asilo.
De prosperar esta propuesta de la Comisión Interministerial de Asilo y Refugio (CIAR) se concederá una autorización de residencia temporal
por razones humanitarias de protección internacional de un año de duración, prorrogable, a
ciudadanos de nacionalidad venezolana cuyas solicitudes de protección internacional
hayan sido denegadas.
Para ello, una vez concedida, el solicitante podrá documentarse directamente en dependencias
policiales, mediante obtención de cita previa en la sede electrónica del Ministerio de
Política Territorial y Función Pública, que se habilitará próximamente. De no estar
habilitada la cita previa en su provincia, deberá obtenerse presencialmente en la Comisaría
provincial de Policía.
De todo esto se informará a través de la página web de
Policía en fechas próximas, donde se determinará la documentación necesaria para
solicitar la expedición y entrega de la tarjeta de identidad de extranjero (TIE).
También se ha propuesto para las personas
nacionales de Venezuela a las que se les haya denegado la protección internacional con
anterioridad a febrero de 2019, siempre que sus solicitudes hubiesen sido presentadas y
denegadas con posterioridad al 1 de enero de 2014, que puedan beneficiarse de la autorización
de residencia temporal por razones humanitarias de protección internacional, en caso de
que cumplan determinados requisitos.
Desde la notificación de la resolución en la que se concede la
autorización de residencia temporal se encuentra reconocido el derecho a trabajar, sin que
sea preciso solicitar una autorización adicional. Esto implica que no es necesario esperar a tener el citado documento.
IMPORTANTE. Esta propuesta se está refiriendo a aquellas personas venezolanas cuya solicitud de protección internacional se vea denegada, pero no se está haciendo mención a quienes no lo hubieran solicitado.
Cuando tenga más información al respecto compartiré la misma en el blog.
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