EXTRANJERIA: SOLO PARA ABOGADOS VALIENTES Y OSADOS

En la extranjería solo caben abogados con un carácter especial, valientes y osados, sin miedo al fracaso y no dando nunca un caso por perdido.

Cojamos a título de ejemplo un supuesto que encaje en el artículo 57.2 de la ley orgánica de extranjería que dice:

"2. Asimismo, constituirá causa de expulsión, previa tramitación del correspondiente expediente, que el extranjero haya sido condenado, dentro o fuera de España, por una conducta dolosa que constituya en nuestro país delito sancionado con pena privativa de libertad superior a un año, salvo que los antecedentes penales hubieran sido cancelados."

En supuestos como este, bastante habituales en extranjería nos encontramos ante "sota, caballo, rey" es decir, pongamos por caso un extranjero que está en prisión cumpliendo una condena privativa de libertad superior a un año y que le abren un expediente por este artículo para su expulsión. Cualquier abogado que acudiera a la norma desfallecería el ver que se trata de una redacción que implica un respuesta prácticamente automática, si tienes una condena superior a un año te expulsan.

Escribo esta entrada mientras estoy haciendo cuatro demandas de recurso contra expulsiones de presos con largas condenas. En cada caso similar que he tenido en mis manos piensas en la manera de encontrar aspectos que puedan suponer una victoria siquiera temporal: caducidad del procedimiento, que la motivación no sea suficiente, jurisprudencia española o del TJUE, lo que sea. Muchas cuestiones sobre las que he escrito en el blog y en las que el blog me ayuda para profundizar y mejorar las argumentaciones. Cada argumentación muchas veces escrita, es revisada y vuelta a pensar a ver si se ocurre una idea mejor o nueva. Por muchas veces que un caso similar haya sido planteado y perdido (sí, querido lector, hay casos que se pierden) uno vuelve a intentarlo y a pensarlo. Miras sentencias recientes y ves que la linea jurisprudencial es desfavorable pero aun así piensas que hay que seguir insistiendo e insistiendo y que en otras ocasiones has visto como en otros supuestos de repente la linea de sentencias ha cambiado y por fin acoge los argumentos que tantos abogados de extranjería han planteado cientos de veces en diferentes juzgados. La victoria nunca es de uno sino de todos esos abogados de extranjería que machaconamente han peleado una y otra vez.


Por eso los abogados de extranjería decimos que somos de una clase especial. Unos "sturmtruppen" (soldados de asalto) de la abogacía. No es que nos consideremos mejores o peores, sino diferentes. Muchos compañeros abogados no entienden que te guste y te apasione la extranjería, cuando precisamente la excitación jurídica deriva de esa sensación de jugarte el tipo en el campo de batalla administrativo y procesal en batallas que cualquier otro daría por perdidas de antemano.

Y disfrutar con ello

Comentarios

  1. Si hay algo que he aprendido en mi profesión como abogado de extranjería es que nunca hay un caso perdido, que siempre hay que pelearlo todo. En estos años he visto salir expedientes por los que no habría apostado un euro, casos imposibles que con buena maña y esfuerzo han salido adelante y solucionado la vida de una persona (aunque sea temporalmente). Así que sí, que si algo nos caracteriza es nuestra idea de que no hay nada perdido mientras el partido aún se está jugando.

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    1. Así es Vicente, curtidos en no rendirse nunca, que es algo distinto de la temeridad y el engaño al cliente que hacen otros, siendo conscientes de las dificultades y pensando en una estrategia que pueda funcionar

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  2. Maravillosa entrada que me aporta bastante serenidad y compañía en un trabajo que no sé si estoy desarrollando?? o directamente cabando mi tumba profesional por encargo divino.

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