FRAUDE EN CONTRATACION DE EXTRANJEROS. EFECTOS

Un factor esencial en la obtención y mantenimiento de muchas autorizaciones de residencia y trabajo es el aspecto laboral, es decir la existencia de un contrato de trabajo y unos periodos mínimos de cotización a la seguridad social como explicaba en esta entrada del blog hace ya tres años.

Durante el ejercicio profesional he visto como para el ciudadano extranjero pone toda su atención en conseguir la autorización bien sea inicial o la renovación, enfocando su necesidad en la urgencia y sin ver consecuencias a medio y largo plazo de sus decisiones (sobre el papel del abogado en relación a esta cuestión escribí recientemente esta entrada en mi otro blog). Así se puede dar la picaresca que desaconsejaba hace también unos años en esta entrada o se dan situaciones de fingimiento de relación laboral y altas en seguridad social que no obedecen a una realidad con el objetivo de cotizar el tiempo mínimo o tener un contrato para mantener las autorizaciones por no hablar de otros supuestos delictivos como las que tienen como objeto cobrar prestaciones de desempleo o de otro tipo.

Cierto es que durante muchos años, cuando en este país todo era jauja, a pesar de ser bastante evidentes parece ser que se hacía la vista gorda sobre estas situaciones (no me cuadra otra explicación para la permisividad que había frente a la cantidad de expedientes que se ven ahora). Lo cierto es que de unos años a esta parte y sobre todo en los últimos, la administración es especialmente vigilante de las situaciones de fraude, entendidas como inexistencia de relación laboral.

Los procedimientos se inician por inspección de trabajo la cual puede ser puesta sobreaviso por otros organismos públicos. Inspección realiza un expediente en el cual se da audiencia a los afectados. Una vez iniciados y finalizados estos expedientes podemos tener otros efectos o consecuencias. Así tendremos:

* el expresado expediente de inspección de trabajo, con resolución que afectará a las altas del trabajador en seguridad social. Decisión recurrible administrativamente y en vía judicial

* Efectos en situaciones administrativas como cobro de prestaciones, que supondrán nueva resolución recurrible tanto administrativa como judicialmente

* la posibilidad de una extinción de la autorización de residencia o trabajo, o en todo caso una afectación a la posibilidad de renovación de la autorización, también recurrible administrativa y judicialmente

* La posibilidad de una sanción administrativa muy grave del art.54.f) de la LOEX con multa de 10001 a 100000 euros

Simular la relación laboral con un extranjero, cuando dicha conducta se realice con ánimo de lucro o con el propósito de obtener indebidamente derechos reconocidos en esta Ley, siempre que tales hechos no constituyan delito.

* la apertura de unas diligencias penales por delito contra los derechos de los trabajadores o estafa (estafa en el caso de cobro de prestaciones)


Como observamos de la simple lectura, la existencia de un procedimiento de inspección por entender que hay un fraude es algo muy serio y que puede afectar a que se produzcan las consecuencias que reseño a continuación, todas ellas bastante graves, por lo que es muy conveniente contar desde el primer momento con asesoramiento especializado en la materia.

Además, se trata de procedimientos donde hay una importante dificultad, deduciendo la administración la existencia de fraude por elementos aislados e indiciarios en la mayoría de las ocasiones que hacen que la defensa deba ser convenientemente preparada y estudiada (sobre esta cuestión técnica escribiré otra entrada).

Es un error infravalorar el riesgo de estas situaciones, o intentar evitar costes no asesorandose con un abogado desde el primer momento y cuanto más se tarde es peor. De hecho gran parte de estas situaciones se dan por no contar en todo momento con el asesoramiento de un abogado sobre todo previamente al inicio de cualquier actuación inspectora indicando conductas erróneas que pueden motivar la misma.

Comentarios

  1. Aunque evidentemente ilícito, la desesperación del extranjero por no ser expulsado o quedarse en situación de ilegalidad puede empujar a intentar este tipo de artimañas, es comprensible. Sin embargo, las demás partes necesarias para la realización del fraude deben ser identificadas y sancionadas debidamente, son realmente las causantes del problema

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