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LA RESIDENCIA CONTINUADA A EFECTOS DEL ARRAIGO

Para la obtención de la autorización de residencia por circunstancias excepcionales se exige la residencia continuada del extranjero durante determinados plazos de tiempo, dos años en el denominado arraigo laboral y tres en el denominado arraigo social, el que sirve de vía mayoritaria para la regularización de muchos extranjeros. Esta exigencia de residencia continuada genera problemas en la práctica, algunos de ellos son: - la acreditación de dicho tiempo, pues la administración exige como prueba un empadronamiento de dicha duración, sin que lo exija la norma. Pero cuando no hay un empadronamiento de esta duración suele haber problemas en los expedientes - la irregularidad sobrevenida. Aquellas persona que han gozado de autorización de residencia y trabajo y la han perdido, pueden haber salido de territorio español durante su regularidad, lo que dificulta que puedan regularizarse por arraigo nada más perder la autorización. Así si bien es lógico que el extranjero no h...

MEETING EXTRANJERISTA EN GRANADA

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Los pasados días 10 y 11 de marzo la asociación nacional de abogados de Extranjería EXTRANJERISTAS de la cual soy presidente celebró su ya cuarto meeting . Los meeting son además de su principal valor, el encuentro de socios de la asociación, unas jornadas de viernes tarde y sábado por la mañana dedicadas a la formación. Con un formato ya consolidado y avanzando en mejoras edición tras edición, se realizan con una dinámica distinta a la que habitualmente se realiza en formación de Colegios de Abogados y Congresos. Se busca dar el mayor espacio posible a la participación de los asistentes siendo las ponencias justificadoras de espacios de debate e intervención, huyendo de las típicas y pesadas conferencias teóricas. En esta edición pusimos especial atención a una actual problemática en la extranjería: las extinciones de autorizaciones, pero abriendo el examen ofrecido por "el lado oscuro" de la Delegación del gobierno a otros aspectos. Se expuso desde el lado práctico cue...

IV MEETING ASOCIACION EXTRANJERISTAS EN GRANADA

Durante los próximos días 10 y 11 de marzo, la asociación nacional de abogados de extranjería que tengo el honor de presidir celebramos el ya IV meeting de abogados de extranjería, un formato consolidado en ediciones anteriores en Zaragoza, Valencia y Huelva. Son días de encuentro de amigos y compañeros, de ver caras nuevas atraidas por un formato en el que prima la participación de los asistentes con un diseño ágil. Este IV meeting tiene un contenido especialmente práctico en todas sus partes. Ha sido gratificante también el participar nuevamente en la comisión organizadora, donde hemos contado con un concurrido número de esforzados integrantes. La calidad de estos encuentros va en aumento. Disfrutaremos de unos días especiales de aprendizaje colaborativo y diversión en Granada, con el siguiente programa PALACIO DE LAS NIÑAS NOBLES, CALLE CARCEL BAJA Nº 3 GRANADA Viernes 10 de Marzo      -          ...

EL CONTRATO DE TRABAJO DEL TRABAJADOR EXTRANJERO SIN AUTORIZACION

Recientemente el Tribunal Supremo ha tratado esta cuestión en su sentencia de 16 de noviembre de 2016  tratando el despido de una trabajadora que pierde la autorización de residencia y trabajo. En el análisis jurídico de la cuestión, el Tribunal Supremo recuerda que conforme al artículo 36.5 de la ley orgánica de extranjería, el contrato de trabajo con un trabajador extranjero sin autorización de trabajo no es nulo. Es decir, que independientemente de que el mismo no deba celebrarse sin autorización de trabajo, en estos supuestos hay una relación laboral. El citado artículo expresa que la carencia de la autorización "no invalidará el contrato de trabajo respecto a los derechos del trabajador extranjero" "La carencia de la autorización de residencia y trabajo, sin perjuicio de las responsabilidades del empresario a que dé lugar, incluidas las de Seguridad Social, no invalidará el contrato de trabajo respecto a los derechos del trabajador extranjero, ni será ob...

CASO RENDON: ¿APLICABLE A OTROS SUPUESTOS?

Recientemente se ha dictado la sentencia del Tribunal Supremo de 10 de enero de 2017 que resuelve sobre el supuesto de hecho que dio origen a la cuestión prejudicial ante el TJUE y posterior sentencia de este de 13 de septiembre de 2016 en el conocido como caso Rendón  en el cual se analiza si una normativa como la regulada en el artículo 31.5 de la ley orgánica de extranjería es compatible con la normativa europea desde el momento en que prohíbe en todo caso la autorización de residencia con antecedentes penales para progenitor de menor ciudadano de la unión europea pudiendo afectar a la residencia del propio menor. Puedes consultar un análisis de la citada sentencia del TJUE en esta entrada del blog . Se trata de un supuesto específico, pero ¿puede ser extensible a otros distintos donde también estemos ante un padre con antecedentes y un menor español o ciudadano de la unión? La sentencia de 28 de octubre de 2016 del Tribunal Superior de Justicia de Baleares examina un supu...

FRAUDE EN CONTRATACION DE EXTRANJEROS. EFECTOS

Un factor esencial en la obtención y mantenimiento de muchas autorizaciones de residencia y trabajo es el aspecto laboral, es decir la existencia de un contrato de trabajo y unos periodos mínimos de cotización a la seguridad social como explicaba en esta entrada del blog hace ya tres años. Durante el ejercicio profesional he visto como para el ciudadano extranjero pone toda su atención en conseguir la autorización bien sea inicial o la renovación, enfocando su necesidad en la urgencia y sin ver consecuencias a medio y largo plazo de sus decisiones (sobre el papel del abogado en relación a esta cuestión escribí recientemente esta entrada en mi otro blog). Así se puede dar la picaresca que desaconsejaba hace también unos años en esta entrada  o se dan situaciones de fingimiento de relación laboral y altas en seguridad social que no obedecen a una realidad con el objetivo de cotizar el tiempo mínimo o tener un contrato para mantener las autorizaciones por no hablar de otros sup...

LAS ENTRADAS DE 2016 MAS VISITADAS

Como cada año, realizo un recopilatorio de las entradas escritas en el año 2016 y que han tenido más visitas. Este año he escrito menos entradas que el pasado contradiciendo las expectativas que en su momento anuncié. Si bien el número de visitas ha sido superior. La entrada más visitada fue el comentario a la sentencia del tribunal Constitucional 131/16 en materia de expulsión de residente de larga duración La segunda más visitada fue la entrada en la que difundí el comunicado de la asociación Extranjeristas sobre la posición de la UE ante el tema de los refugiados En tercer lugar una entrada sobre la regulación de la expulsión penal de extranjeros La cuarta más visitada una crónica del meeting realizado por la asociación Extranjeristas en Valencia Por último, la quinta tiene un empate con dos entradas: una sobre las dilaciones indebidas en procedimientos de extranjería ; y sobre el idioma como dificultad añadida para el trabajo con extranjeros. El blog espec...